4.3 Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene de los
Centros de Trabajo
¿Qué
son?
Organismos compuestos por igual
número de representantes de los trabajadores y del patrón, que establece la Ley
Federal del Trabajo (Arts. 509 y 510) para:
–
Proponer medidas para prevenirlos
–
Vigilar que se cumplan estas medidas
Es una ley de observancia
general en toda la República y rige las relaciones de trabajo
comprendidas en el articulo123, apartado "A", de la Constitución.
Artículo
509 de la LFT
En cada empresa o
establecimiento se organizarán las comisiones de seguridad e higiene que
se juzgue necesarias, compuestas por igual numero de representantes de los
trabajadores y del patrón, para investigar las causas de los accidentes
y enfermedades, proponer medidas para prevenirlos y vigilar
que se cumplan.
Artículo
510 de la LFT
Las comisiones a que se refiere
el articulo anterior, serán desempeñadas gratuitamente dentro de las horas de
trabajo.
¿Cuándo
debe integrarse una CMSH?
En un plazo no mayor a 30 días
de iniciadas las actividades de los centros de trabajo.
De inmediato donde no existan.
¿Cúantas
CMSH deben existir en cada empresa?
Para determinarlo se deberán considerar:
–
El
numero de trabajadores
–
La
peligrosidad de las labores
–
La
ubicación del centro de trabajo
–
Las
divisiones, plantas o unidades
–
Las
formas o procesos de trabajo
–
El
numero de turnos
¿Cuántos
representantes deben constituir una CMSH?
El número será en relación con el número de trabajadores
laborando .
–
Para
más de veinte, un representante de los trabajadores y uno de los
patrones.
–
Para
veintiuno a cien, dos representantes.
–
Para
un número mayor de cien, cinco representantes.
–
Se
podrán nombrar más representantes si es necesario.
–
Por
cada representante se debe designar un suplente.
Consideraciones
generales
Cuando haya dos o más
comisiones se creará una comisión central y comisiones auxiliares.
Los representantes de los
trabajadores serán designados por el sindicato.
Cuando no exista sindicato
serán elegidos por votación.
Los representantes de
patronales serán asignados por el patrón, y pueden ser trabajadores de
confianza que laboren dentro de la planta.
Las autoridades del trabajo
podrán conminar a los patrones, el sindicato o los trabajadores si no han
designado a sus representantes.
Requisitos
para ser miembro
Ser trabajador de la empresa
–
Ser
mayor de edad
–
Poseer
instrucción y experiencia necesarias
–
De
preferencia, no ser trabajador a destajo
–
Tener
una conducta honorable y ser responsable
–
De
preferencia, ser el sostén económico de su familia.
Igualdad
y Género
La mujer, al tener los mismos derechos y
obligaciones en el trabajo, también podrá formar parte de las CMSH
Los miembros de las comisiones tienen la misma
personalidad e iguales derechos y obligaciones, independientemente de su
jerarquía dentro de la empresa
Sobre
los representantes
Su duración en los cargos será,
de preferencia, permanente.
Podrán ser removidos cuando no
cumplan satisfactoriamente sus funciones.
Cualquier modificación deberá
notificarse a las autoridades del trabajo.
Una vez nombrados se reunirán
para levantar el acta constitutiva y definir sus funciones.
Desempeñarán gratuitamente sus
actividades, para lo cual los patrones están obligados a dar las facilidades
necesarias.
Otro
tipo de comisiones
Comisión Consultiva Nacional de
Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Comisiones Consultivas
Estatales y del Distrito Federal de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Funciones
de la Comisión
Levantar un acta por cada
recorrido que realice, haciendo observaciones y recomendaciones sobre la
seguridad e higiene.
Cuando ocurran accidentes
deberá investigar sus causas y auxiliar al patrón con la elaboración de
informes.
Los informes deberán ser
enviados a la Unidad Coordinadora de Políticas, Estudios y Estadísticas de la
STPS.
Recomendaciones para el cumplimiento de funciones
Realizar, por lo menos, un
recorrido mensual para observar las
condiciones de seguridad e higiene y buscar posibles causas de riesgos.
Los recorridos son visitas
programadas a los edificios, instalaciones y equipos del centro de trabajo.
Los recorridos pueden ser de:
- observación general, para revisar las
instalaciones, locales de servicio, departamentos de producción y los talleres
de mantenimiento
- observación objetiva parcial, cuando se conocen o
señalan algunas áreas como peligrosas, y proponer medidas preventivas.
- observación objetiva especial,cuando se hace a
petición de los trabajadores o la empresa, cuando notan alguna condición
insegura.
Seguridad
en el trabajo
Conjunto de acciones para localizar y evaluar
los riesgos y establecer las medidas para prevenir los
accidentes de trabajo.
La seguridad en el trabajo es RESPONSABILIDAD tanto
de las AUTORIDADES como de los EMPLEADORES y los TRABAJADORES.
Riesgos
de trabajo
De acuerdo al artículo 473 de la LFT:son los
accidentes y enfermedades a que están
expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.”
Accidentes de trabajo
Toda lesión orgánica o perturbación funcional,
inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en el
ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo
en que se presente. Incluídos los accidentes que se produzcan al trasladarse el
trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquel.
(art. 474 de la LFT)
Lugar
de trabajo
Es cualquier lugar (local, vía pública) que el
trabajador use para realizar las labores de la empresa, así como cualquier
medio de transporte que use para ir de su domicilio al centro de trabajo y de
éste a su domicilio.
Causas de los accidentes de trabajo
Intervienen varios factores, entre ellos las causas
inmediatas, que pueden clasificarse en condiciones inseguras y actos
inseguros.
Condiciones inseguras, que están relacionadas con el ambiente de
trabajo y consisten en el grado de inseguridad de los locales,
la maquinaria, los equipos y los puntos de operación. Como
ejemplo de estas condiciones son:
Estructuras o instalaciones mal diseñadas,
construidas, instaladas o deterioradas.
Falta de medidas de prevención y protección contra
incendios.
Deficiencias en las instalaciones en la maquinaria o
equipo.
Protección inadecuada, deficiente o inexistente en
la maquinaria, en el equipo o en las instalaciones eléctricas.
Herramientas defectuosas.
Equipo de protección personal defectuoso, inadecuado
o faltante.
Falta de orden
y limpieza
Avisos o señales de seguridad e higiene
insuficientes o faltantes
Supervisión
de las condiciones inseguras más frecuentes
Locales de trabajo: techos, paredes, pisos, patios,
rampas, escaleras, pasadizos, vías, plataformas elevadas, salidas normales y de
emergencia.
Sitios con temperaturas extremas, mal iluminados o
mal ventilados.
Medidas para prevenir incendios
Aislamiento de materiales inflamables o explosivos
Equipos y sistemas para combatir incendios
Maquinaria, equipo, herramientas, instalaciones
eléctricas, mecánicas e hidráulicas
Vehículos en el interior del centro de trabajo y
vialidad
Supervisión
de las condiciones inseguras más frecuentes
Manejo, transporte y almacenamiento de substancias
inflamables, combustibles, explosivas, corrosivas, irritantes o tóxicas.
·
Presencia
de contaminantes
·
Dotación,
estado y uso de equipos de protección personal
·
Estado
del orden y la limpieza
·
Aglomeración
de maquinaria, equipos o trabajadores
·
Objetos
mal colocados o estibados
·
Fugas
de lubricantes, agua, substancias químicas, etc.
·
Disponibilidad
de servicios para los trabajadores
·
Avisos
y señales de prevención de riesgos en el trabajo
·
Botiquín
de primeros auxilios
Causas de los accidentes de trabajo
–
Actos
inseguros: son las causas
que dependen de las acciones del propio trabajador y que pueden
resultar en un accidente.
–
Los
actos inseguros más frecuentes son:
–
Llevar
a cabo operaciones sin previo adiestramiento
–
Operar
equipos sin autorización
–
Ejecutar
el trabajo a velocidad no indicada
–
Bloquear
o quitar dispositivos de seguridad
–
Limpiar,
engrasar o reparar la maquinaria cuando se encuentre en movimiento
–
Trabajar
en maquinaria parada sin aviso de que se encuentre energizada
–
Trabajar
en líneas o equipo eléctrico energizado
–
Viajar
sin autorización en vehículos o mecanismos
–
Transitar
por áreas peligrosas
–
Sobrecargar
plataformas, carros, etc.
–
Usar
herramientas inadecuadas
–
Trabajar
sin protección en lugares peligrosos
–
No
usar equipo de protección indicado
–
Hacer
bromas en el sitio de trabajo
Origen
de los actos inseguros
Falta de capacitación y adiestramiento,
desconocimiento de las medidas preventivas de accidentes laborales y carencia
de hábitos de seguridad en el trabajo.
Confianza excesiva, la actitud de incumplimiento a
normas y procedimientos de trabajo establecidos como seguros, los atavismos
(mantener viejas costumbres) y creencias erróneas acerca de los accidentes, la
irresponsabilidad, la fatiga y la disminución, por cualquier motivo, de la
habilidad para el trabajo.
Trabajar
en maquinaria parada sin aviso de que se encuentre energizada
l Trabajar en líneas o equipo eléctrico energizado
l Viajar sin autorización en vehículos o mecanismos
l Transitar por áreas peligrosas
l Sobrecargar plataformas, carros, etc.
l Usar herramientas inadecuadas
l Trabajar sin protección en lugares peligrosos
l No usar equipo de protección indicado
l Hacer bromas en el sitio de trabajo
Labor
educativa
l Es importante capacitar y adiestrar tanto a
trabajadores como patrones sobre la prevención de los accidentes, así como de
los hábitos y costumbres.
Equipo
de protección personal
Es el conjunto de aparatos y accesorios
especializados para las diferentes partes del cuerpo, para evitar lesiones y
enfermedades.
No todos los riesgos pueden ser evitados por este
equipo, por lo que se deberá buscar la mejor manera de prevenirlos.Los patrones
tienen la obligación de dar este equipo a los trabajadores, y éstos deben
usarlos.
Equipo
de protección más usado
Protección de la cabeza:
–
Casco
de seguridad de acuerdo a las Normas Oficiales Mexicanas
www.slideshare.net/guestff57af/comisiones-mixtas
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